- El interesado debe ser una persona natural o física.
- Efectivamente, toda persona que desee formar un partido político deberá tener la mayoría de edad, para este caso.
- Ser participante y favorecido de todos los derechos y beneficios que le brinda la ley de la nación española.
- No tener por ningún concepto antecedentes penales.
- Para una formación integra, el grupo o partido político deberá estar formado por lo menos con un mínimo de tres (3) ciudadanos españoles.
- En este punto deberá mostrar el Acuerdo de Constitución el cual convendrá ser establecido mediante el Acta Fundacional. Mostrando todos los escritos cuando se tenga que llevar a cabo la constitución del partido político.
- Llenar el formulario de petición para el registro del partido político.
Además de suministrar todos los escritos de identificación tanto del requirente como de todos los asociados al partido político que deseen estructurarse como equipo.
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