Se prohíbe la adopción de Decretos-Leyes que afecten a los derechos fundamentales a la vida y a la integridad física y moral recogidos en el artículo 15 de la Constitución Española (al igual que a cualquier otro derecho, deber o libertad recogida en el Título I de la Constitución), aun en los supuestos de extraordinaria y urgente necesidad en los que, para la regulación de otras materias, sí resulta procedente recurrir a los Decretos-leyes (art. 86.1 de la Constitución Española).
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LUCIFER REENCARNADO EN GABRIEL
PRESIDENTA DE GOBIERNO DE ESPAÑA 12 ABRIL 2023 A 12 ABRIL 2027 Y JEFA DE LA UNION EUROPEA
HELENA GARCIA DOMINGO - 1 julio 2023
GABRIEL
ESPAÑA
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